La historia

El reloj marcaba casi la medianoche, cuando Isabela de León caminaba de salida por Explanada Roberto Capuano junto a su hijo y su grupo de amigos. De pronto escuchó el sonido estridente de las ambulancias que no paraban de llegar. En el suelo, su sorpresa fue grande cuando encontró varios zapatos, escena que solo aumentó la intriga. Isabela recuerda cómo su hijo agarró uno y se preguntó qué habría pasado con el otro par. Más adelante, en medio de la multitud de rostros que parecían desorientados, distinguió a unos amigos con heridas y raspaduras. Así fue cuando se enteró de lo que había pasado. “Una tragedia”, fueron algunos de los titulares de los medios de comunicación. En el concierto de la Feria Centroamericana de Independencia 2022, comúnmente llamado Xelafer en honor a su ubicación en Quetzaltenango, en Guatemala, ocurrió una estampida humana que dejó veinte heridos y nueve muertos, entre ellos niños y madres de familia. Según Zonia Soto, abogada de una de las víctimas fallecidas en Xelafer, la Dirección Técnica Municipal de Gestión del Riesgo autorizó el aforo para 15 mil personas, pero se calcula que asistieron más de 30 mil.

¿Hay algún responsable?

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En Guatemala, el decreto 574, la Ley de Espectáculos Públicos, establece que en los departamentos los gobernadores autorizarán los espectáculos y supervisarán la seguridad en conjunto con la Policía Nacional Civil (PNC). Sin embargo, no se cumplió con esta indicación. “Calavera Producciones, S.A. nunca le informó a Gobernación, solo a la municipalidad”, dice Soto.

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De acuerdo con Paola Mérida, encargada de atención al público de la Dirección de Espectáculos Públicos: “aunque no existe un vínculo directo con Gobernación Departamental, se trabaja en colaboración con todas las gobernaciones para trasladar la información a través de los inspectores y comisiones”.

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A pesar de que en 2024 se realizó nuevamente Xelafer, el actual gobernador de Quetzaltenango, Aldo Herrera, asegura que: “Desde que yo tomé posesión, no se nos ha solicitado el otorgamiento de un permiso de un espectáculo público. La Dirección nunca se ha acercado”.

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A pesar de que en 2024 se realizó nuevamente Xelafer, el actual gobernador de Quetzaltenango, Aldo Herrera, asegura que: “Desde que yo tomé posesión, no se nos ha solicitado el otorgamiento de un permiso de un espectáculo público. La Dirección nunca se ha acercado”.

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Por otro lado, la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres (Conred) cuenta con sus propias normativas. Entre ellas, la NRD4 que establece requerimientos mínimos de seguridad para eventos socioorganizativos. “Busca ser un complemento a la Ley de Espectáculos Públicos y promueve normas para que las autoridades que sí aprueban eventos exijan su cumplimiento”, explica Steffy Barrera, vocera de Conred.

Una publicación de Plaza Pública demuestra que...

en 2022, Rony William Álvarez, jefe de la Dirección Técnica de Gestión del Riesgo de la Conred en la Municipalidad de Quetzaltenango, autorizó el concierto como categoría B. No obstante, debió clasificarse como categoría C, ya que se trataba de un evento de más mil personas. “Álvarez fue el que aprobó solo para mil personas porque si fueran más personas, se piden más requisitos”, menciona Soto. De hecho, al hacer el ejercicio con las mismas especificaciones del evento en el sitio web de la Conred, este es clasificado en la categoría C.

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Además, por parte de la Dirección de Espectáculos, también se debe autorizar el aforo e inspeccionar el lugar. En su momento, la licenciada Marilena Calderón Martínez de Medina, directora de espectáculos, expresó que el problema es que solo tienen tres supervisores. Otra de las críticas que se les hizo fue que no solicitaron el protocolo de seguridad a la empresa organizadora hasta seis días después de la tragedia, es decir, que al aprobarlo no contaba con ese documento.

“El Ministerio de Cultura y Deportes tiene un presupuesto muy bajo, y el mayor porcentaje es para el Viceministerio del deporte. Por ello, la Dirección de Espectáculos no tiene suficiente personal ni los recursos necesarios”, afirma Max Araujo, exviceministro de Cultura y experto en derecho cultural.

Una ley desactualizada

Sin embargo, al hacer un análisis sobre la tragedia ocurrida en Quetzaltenango, hay que dirigir la vista muchas décadas atrás. La actual Ley de Espectáculos Públicos se aprobó en 1956, hace casi 70 años. Era la época de Carlos Castillo Armas, cuando las personas pagaban entre Q1 y Q1.50 para asistir, por ejemplo, a las corridas de toros realizadas en la antigua plaza cercana a la Finca La Aurora,

en zona 13 de ciudad de Guatemala. Desde 2017, las corridas taurinas están prohibidas por el Artículo 58 de la Ley de Protección y Bienestar Animal: “Queda terminantemente prohibido en todo el territorio nacional, promover peleas o enfrentamientos entre animales en espectáculos públicos o privados, con o sin ánimo de lucro…”, dice la normativa.

En 1951, unos años antes de promulgar la Ley de Espectáculos Públicos, el salario mínimo para el sector no agrícola era de Q1.25. En la ley, se establecen sanciones y multas entre Q1 a Q1000, montos acordes con la recaudación de los espectáculos en aquella época. No obstante, en la actualidad, solo un boleto a un concierto o evento puede costar más de Q1000.

Además, el arte teatral predominaba como disciplina artística, pero también como plataforma para críticas sociales como la que había contra la United Fruit Company (UFCO). En una ocasión, la Dirección de Bellas Artes y el Teatro de Arte Universitario colaboraron juntos para incluir teatro en el Festival de Antigua Guatemala.

Hay que hacer ver que tampoco existía el Internet, ni lugares como Explanada Cayalá o Fórum Majadas. “En esa época, el concepto de espectáculo era un partido de futbol o un pequeñ ño concierto en el teatro. El marco normativo no se refleja en el actual esquema institucional”, indica Edgar Ortiz, abogado constitucionalista.

Montar un espectáculo: un proceso confuso

“Los que hacen las leyes no son artistas, es un trámite burocrático que se convierte en una barrera de entrada para cualquier artista emergente en Guatemala”, expresa un productor y mánager de una banda que prefiere mantener el anonimato por seguridad. A pesar de que en la actualidad, las promotoras, productores o empresas organizadoras de eventos deben realizar distintos trámites y gestiones previo a montar un espectáculo, en la Ley de Espectáculos Públicos no se especifican las funciones que tiene cada una de las entidades.

En primer lugar, se debe gestionar la licencia de Espectáculos Públicos. “La ley de Espectáculos Públicos es una ley totalmente inoperante que ha sido sustituida por un acuerdo del Ministerio de Cultura”, explica Araujo. Este es el Acuerdo Ministerial 1106-2015, el cual establece los requisitos para la “autorización de presentaciones de artistas y grupos artísticos nacionales y extranjeros en Guatemala”. Este acuerdo fue promulgado por la exministra de Cultura, Ana María Rodas, en sustitución al derogado Acuerdo Ministerial 493-2008, que tampoco se adecuaba a las necesidades de la época.

En el acuerdo 1106-2015 se solicita información básica, como por ejemplo, datos del responsable, cantidad de entradas en congruencia con el aforo, firma del representante legal, entre otros. También se solicitan otros documentos específicos tales como una constancia con la capacidad de aforo, certificación, carta de compromiso y constancia de evaluación emitida por la Conred, carta de compromiso de primeros auxilios, autorización de los titulares de derecho de autor y conexos o sociedades de gestión colectiva y más.

No obstante, la vocera de Conred reveló que “aunque eso indica la ley, con el surgimiento de normas de SE-CONRED, esa parte ha quedado un poco en laguna. Al momento no extendemos certificaciones en cuanto a capacidad para un evento ni constancias de evaluación para eventos. Solo evaluamos NRD2”, dice.

La norma NRD2 determina los requisitos mínimos de seguridad que deben cumplir las instalaciones, las condiciones del lugar, salidas de emergencia, los asientos, la iluminación y señalizaciones básicas.

En segundo lugar, hay otra normativa que deben cumplir, tanto la promotora como el lugar donde se llevará a cabo un evento. “Conred le pide a los venues —lugares— cumplir con la NRD2”, comenta Mirna Chicas, gerente de eventos en Fórum Majadas. Por otro lado, para cada evento la empresa promotora debe cumplir con la NRD4. Esta normativa clasifica a los espectáculos en tres categorías:
  • Categoría A: reuniones sociales o familiares en salones, hoteles u otras instalaciones. También los eventos académicos, como graduaciones, fiestas o reuniones en salones sociales u hoteles; kermeses, festivales y desfiles dentro de instalaciones escolares.
  • Categoría B: conciertos, festivales, funciones de cine o teatro para menos de mil personas, ferias, capacitaciones, talleres y demás. También eventos religiosos para menos de 2 mil personas y convenciones políticas para 500 o más personas.
  • Categoría C: conciertos, festivales, funciones de cine o teatro para mil o más personas, circos, espectáculos pirotécnicos, deportivos y culturales en vía pública y otros eventos masivos.
Los requisitos dependen de en qué categoría fue clasificado el evento, ya que para los de tipo “C” se solicitan adicionales, entre ellos el protocolo de seguridad previo, así como un informe posterior al espectáculo.

En tercer lugar, está la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), que aunque la Ley de Espectáculos Públicos establece las normativas tributarias, estas ya no están vigentes. “Las disposiciones de orden tributario fueron derogadas al emitirse nuevas en el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y posteriormente la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA)”, explica la SAT. Para solicitar la autorización de un espectáculo público, primero se debe estar solvente en las obligaciones tributarias. La promotora debe presentar el Documento Personal de Identificación (DPI) del representante legal, llenar el formulario SAT-45, la autorización de aforo emitida por la Dirección de Espectáculos Públicos, el detalle de la distribución de las facturas autorizadas que se asignarán por localidad.

Luego, quien gestione un evento, deberá presentarse a la SAT y entregar la Constancia de Inscripción y actualización del Registro Tributario Unificado (RTU) para que le brinden una Resolución de Autorización de Rango de Documentos para Espectáculos Públicos al promotor. Asimismo, el rango de las facturas se autorizará “de acuerdo a la capacidad que tiene el lugar del evento, según lo indicado en el aforo autorizado”, explica el sitio web de la SAT. Para los pagos, los organizadores deben elegir entre dos regímenes: “sobre las Utilidades de Actividades Lucrativas” o “sobre Ingresos de Actividades Lucrativas”. De esta manera, podrán pagar el ISR.

Por otra parte, “los organizadores deben actuar como retenedores del ISR. En este caso, practicar y pagar la retención del 15% del monto de las remuneraciones pagadas a deportistas, artistas de teatro, televisión y otros espectáculos públicos o de actuación, domiciliados en el exterior”, advierte la SAT. Además, “están obligados al pago del Impuesto de Solidaridad (ISO), establecido en el Decreto 73-2008. Dicho impuesto y el del ISR, son acreditables entre sí”, señala la SAT. Asimismo, para cada boleto vendido “deben emitir factura y cobrar el IVA correspondiente”.

En cuarto lugar, el productor o empresa organizadora debe pagar las regalías a las sociedades de gestión colectiva como Autores, Editores e Intérpretes (AEI), Asociación Guatemalteca de Gestión de la Industria de Productores de Fonogramas y Afines (Aginpro) y al Instituto de Previsión Social del Artista Guatemalteco (IPSA). En la mayoría de los casos, se realizan los pagos por derechos de autor por adelantado, y luego al comparar el documento emitido por SAT sobre la venta de boletos, se dispone la cantidad que hace falta, o se hace una devolución.
Posteriormente, se le debe notificar a todas las entidades como Municipalidad, hospitales cercanos, PNC, o la Policía Municipal de Tránsito (PMT) para trabajar de la mano. En el caso de Fórum Majadas, se realiza un recorrido previo para que las autoridades inspeccionen el lugar. Sin embargo, Chicas expuso que: “las entidades no siempre nos visitan, depende del artista”. Por esta razón, resalta que ellos mismos cuentan con sus propios supervisores desde el montaje hasta el desmontaje del evento.

A oscuras

Para que un artista nacional se dé a conocer, generalmente suele ser el “telonero” de uno internacional. Francisco Páez, cantante de Malacates Trébol Shop, recuerda la emoción que le invadió cuando los escogieron para abrir un concierto de la banda de pop latino Bacilos. Esta era una gran oportunidad para darse a conocer porque se presentarían ante muchas personas. Sin embargo, a la hora del show, les hizo falta iluminación. Aunque les pidieron prestadas las luces al equipo de la banda, estos se negaron. “Tuvimos que tocar a oscuras, fue una vergüenza”, expresa. También recuerda otra ocasión donde personas alcoholizadas dispararon en un espacio abierto. Isabela De León, quien compartió su testimonio al inicio del reportaje sobre Xelafer, cuenta una historia similar a la de Páez, pero que ocurrió en una declaratoria en la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC). La infraestructura es otra situación desfavorable. Por eso, México, Argentina y Brasil, suelen ser los países de Latinoamérica que los artistas de gran magnitud como Taylor Swift o Shakira toman en cuenta en sus giras.

Por ejemplo, en México, en marzo de 2024, se celebró el festival Vive Latino en el Autódromo Hermanos Rodríguez con un aforo de 80 mil personas. En Guatemala, los eventos con más asistentes suelen ser los eventos realizados en Explanada Cayalá con un aforo de 25 mil personas. Estos eventos suelen ser conciertos de artistas internacionales, pero que carecen de las características ideales para dar un show, según algunos entrevistados. Cabe mencionar el incidente que se dio en 2018, en el concierto de la cantante italiana Laura Pausini, el cual se llevó a cabo en Fórum Majadas en Guatemala. Cuando su mánager vio el lugar, le dijo a la gerente de eventos: “Esto es una bodega”. “A veces los riders —documento que contiene solicitudes— de los artistas tienen muchos requerimientos que a nivel Guatemala no los cumplimos en comparación internacional, por falta de capacidad o condiciones”, reconoció Chicas. Para De León, quien relató el incidente de Xelafer y también se considera fanática de las bandas nacionales: “En Guatemala no hay áreas específicas para conciertos. Los estadios tienen déficit en su infraestructura, y con muchas personas se daña más. Otro problema es que no hay buenos parqueos, entonces hay muchos robos”, dice.

Para el cantante Páez, esta situación se da en Guatemala porque no se invierte en lugares para los espectáculos, y los que hay, la mayoría, son de empresas privadas. “Nosotros preferimos tocar en centros comerciales porque es un espacio controlado con seguridad privada”, dice el artista. Según el abogado Ortiz, esto se debe al desinterés de las autoridades en el tema. “La Ley de Espectáculos Públicos no determina parámetros de seguridad. Lo que es prioridad para una entidad, no lo es para otra. A la SAT le interesa cobrar impuestos, a Conred reducir riesgos, a la Municipalidad ver qué dinero logran obtener de un evento”, manifesta. El abogado también recuerda que han ocurrido otras tragedias como la del 16 de octubre de 1996 en el estadio Doroteo Guamuch Flores, cuando en un juego de Guatemala contra Costa Rica, una avalancha humana cobró la vida de más de 80 personas y dejó a más de 200 heridos.

Por otro lado, Páez cree que es necesario “fomentar una ley que dignifique a los artistas nacionales y la creación de espacios públicos para la exposición del artista. No existen lugares acondicionados ni seguros para el espectador”, dice el músico. En los departamentos, la situación es más complicada debido a que los espacios para los espectáculos suelen ser terrenos al aire libre. “Nos ha tocado presentarnos en lodazales, que son lugares donde no hay salidas de emergencia o rotulaciones, son lugares donde se improvisa un espectáculo. No solo es incómodo para el público, sino que también se vuelve peligroso”, asevera Páez.

Aparte, los eventos se aprueban a discreción de la Municipalidad. El productor anónimo explica que: “La Municipalidad no figura dentro de la ley, pero ellos no autorizan un espectáculo a menos de que uno haga una donación como unos cascos o uniforme para los policías, pero luego no dan factura. Eso es una extorsión”, asevera.

UN ESPECTACULO SOÑADO